AVISO:
Todos los documentos se han de aportar SIEMPRE EN ORIGINAL.
Una vez COMPLETE la documentación que se le requiera, se le asignará cita
1.- RELATIVA A LOS SUJETOS
PERSONAS FÍSICAS
D.N.I., pasaporte, Tarjeta de Residencia, N.I.E.
Libro de familia
Capitulaciones matrimoniales
Escritura de Emancipación
Sentencia de separación/divorcio
Nombramiento de defensor judicial
Nombramiento de tutor/curador
Autorización judicial de venta (menor/incapacitado)
Certificado de concordancia de nombres
Escritura de Apoderamiento
ENTIDADES
Escritura de constitución de la sociedad
Documento fundacional (asociaciones, etc.)
Escritura de adaptación de la entidad a la legislación vigente
Escritura donde consten los cargos al día de hoy vigentes de la sociedad
Acuerdo inscrito de nombramiento de Administradores
Acuerdo inscrito de nombramiento de Consejeros Delegados
Escritura de Apoderamiento a favor de quien la representa.
2.- RELATIVA A LAS FINCAS
Escritura de la finca
Contrato privado de compra de la finca
Certificación del Registro
Nota simple del Registro
Hipoteca de la finca-con su novación y/o ampliación-
Nombre del arrendatario
Escrituras de rectificación/modificación
de cualesquiera otras
Estatutos de la Comunidad de Propietarios.
Precio/Valor de los bienes
Autorización de la Delegación del Gobierno
Certificado Comunidad Propietarios sobre ausencia de deudas con ella
Recibo pagado del I.B.I
Certificado catastral de la finca "Gráfico y Descriptivo" (incluyendo el titular, calle de situación y linderos y la superficie de la finca)
Certificado catastral de la finca "Gráfico y Descriptivo" (incluyendo el titular, calle de situación y linderos, la superficie de la finca, la superficie de solar edificada, la total superficie edificada, número de plantas y superficie por planta edificada)
Plano de la finca
(Participaciones indivisas en plazas de aparcamientos o trasteros): Un plano a escala, con la descripción de el elemento -con superficie y linderos-, y de las zonas comunes -con superficie y linderos-.
Plano de la finca con detalle de la Agrupación, Segregación o División
Licencia de Segregación del Ayuntamiento
V.P.O.: Certificado de Autorización de venta
V.P.O.: Certificado de Precio Máximo de venta
ON. Proyecto.
ON. Solicitud de Licencia de Obras (<5/5/00).
ON. Seguro de Obras.
ON. Licencia de Obras.
ON. Licencia de Demolición
ON. Certificado Fin de Obra
ON. Arquitecto certifica es conforme con la descripción de la escritura.
3.- OTRA DOCUMENTACION
Gastos
No residentes. Acreditación del carácter de no residente del dinero y del sujeto (Certificación bancaria de cuenta de no residente)
No residentes. Retención del 5% (si inversión de antes de 1987).
No residentes. Declaración al Registro de Inversiones Extranjeras ya cumplimentado
Varios:
Si tiene por objeto un piso o local de un edificio en régimen de
propiedad horizontal deberá aportarse certificado del Administrador
relativo al estado de los gastos de comunidad.
Debe tener en cuenta:
El pago del impuesto sobre el Incremento del Valor de los terrenos de naturaleza urbana (antigua Plus-Valía) es de cuenta del vendedor; el pacto en contrario está excluido en aquellos supuestos en los que el vendedor actúe con carácter profesional.
Debe pactar los gastos de notaría.
Es una materia de libre configuración por las partes; los pactos más frecuentes son:
1) Gastos a cargo del comprador.
2) Gastos por mitad.
3) Gastos a cargo del vendedor.
4) Gastos según ley (derechos de matriz a cargo del vendedor y demás derechos a cargo del comprador).
El pago de los aranceles registrales corre siempre a cargo del comprador.
Impuestos:
Si la compra es a un particular se devenga el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITPAJD), es de cargo del comprador y se liquida tomando por base la declarada como precio de venta al tipo del 7 %.
Si la compra es a un promotor se devenga IVA a cargo del comprador, además del impuesto de actos jurídicos, al tipo del 1 % o 0,1% según se trate de compraventa de inmueble en general o de compraventa de vivienda que constituya la residencia habitual.
En todo caso se devenga el impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana (antigua Plus-Valía), varía en función del Municipio y de las fechas de adquisición y venta del inmueble.